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Ayudas a inversiones para la mejora de regadíos (Balsas de Riego)

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Ficha Web Resumen Ref.: C0190AFO/2026 | Plazo Solicitud: Abierto

ÍNDICE > Objeto | >> Beneficiarios | >>> Actuaciones Subvencionables | Gastos Subvencionables>>>>> Cuantía

OBJETO

Estas ayudas, tramitadas en régimen de concurrencia no competitiva, están destinadas a financiar inversiones orientadas a la modernización y mejora de los sistemas de regadío, consistentes en la ejecución de proyectos de construcción de balsas de almacenamiento de agua para riego, con especial atención a la sostenibilidad y a la mejora ambiental de las explotaciones agrarias.

BENEFICIARIOS

Las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público, adscritas al Organismo de cuenca correspondiente, según los artículos 81 y 82 del Texto refundido de la Ley de Aguas.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Las actuaciones deberán contribuir a una gestión eficiente del recurso agua mediante la financiación de proyectos de inversión para la mejora de infraestructuras de riego, que:

a) No conllevan un aumento de la superficie de riego.

b) Se localicen, tanto la infraestructura objeto de la inversión como la superficie de riego afectada por ésta, en zonas rurales de Andalucía, de conformidad con el PEPAC. Esto es, todas las superficies que no estén clasificadas como densamente pobladas según la Metodología de Urbanización de la Comisión (DEGURBA), disponibles a fecha de convocatoria de la subvención, en la página web del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía bajo el epígrafe "Grado de urbanización de los municipios andaluces". Además, dentro de los términos municipales de los municipios densamente poblados, también se considerará como "zona rural" la superficie cuyo uso asignado en SIGPAC sea distinto de "zona urbana" o las zonas urbanas (ZU) que no sean centros de población principales (esto es, las pedanías).

c) Deben permitir una mejora en la gestión integrada del recurso agua, a través de incluir dos de las siguientes actuaciones:

i) Incorporación de herramientas para la monitorización por sensores del contenido de humedad del suelo.

ii) Inclusión de sistemas comunes/colectivos de monitorización automática para el control y seguimiento del contenido de nutrientes, principalmente nitrógeno y potasio así como otros iones potencialmente contaminantes de las masas de agua (nitratos y fosfatos).

iii) Adecuación de balsas para protección de fauna silvestre.

iv) Ejecución de estructuras vegetales de conservación destinadas a la retención y regulación de aguas y/o control de escorrentías, absorción de nutrientes y protección frente a la erosión del suelo, por ejemplo filtros verdes, superficies destinadas a biorreactores o cubiertas vegetales, entre otras.

d) Dispongan, o incluyan la instalación como parte de la inversión, de un contador de agua que permita medir el uso del agua correspondiente a la inversión objeto de la ayuda. Para ello, sin perjuicio de la autorización que requiera su instalación, deberán ser permanentes, accesibles para la Administración, con totalizadores y protegidos contra manipulaciones. No se admitirán dispositivos con mecanismos de puesta del valor a cero.

e) Sean viables y sostenibles, técnica y económicamente y estar adecuadamente dimensionadas, es decir, que el proyecto cuente con un análisis de alternativas, justificación técnica de la solución adoptada, una valoración de la situación inicial y un estudio de viabilidad económica incluido un plan de financiación y mantenimiento.

f) Aseguren la coherencia con la planificación hidrológica correspondiente y con la Directiva Marco del Agua, además de acreditarse la personalidad jurídica de la entidad solicitante, y sus derechos de uso de agua o título concesional, para lo cual será solicitado informe al correspondiente Organismo de cuenca por el órgano gestor.

No serán actuaciones elegibles aquellas cuya solicitud no alcance los 35.000 € de subvención.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán gastos subvencionables los gastos de proyecto técnico, dirección técnica y de ejecución de obras consistentes en la construcción de una balsa de almacenamiento de agua para riego. Dicha balsa debe recibir exclusivamente aguas destinadas a riego incluidas en el título concesional y dar servicio únicamente a las parcelas contempladas en dicho título.

Si bien la inversión proyectada presentada pueda contener varias actuaciones, se considerará subvencionable exclusivamente una balsa de almacenamiento de agua para riego.

El alcance del proyecto será el necesario técnicamente para que la balsa sea obra completa y esté plenamente operativa, esto es, que el agua almacenada debe llegar a la superficie regable atendiendo al titulo concesional.

CUANTÍ

La intensidad de ayuda será del 100% del valor del coste simplificado (coste unitario por unidad medida). En ningún caso la ayuda otorgada al solicitante por ejecución de obra será superior a 1.500.000,00 €, no siendo admitidas a trámite aquellas solicitudes que no alcancen los 35.000 euros de subvención por este concepto.

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Estudio de Viabilidad

Con la Ficha Informativa (FI) de su empresa y las características de sus inversiones, elaboramos un Estudio de Viabilidad (EV) sobre la posibilidad de solicitar subvenciones para su proyecto. Metodología de trabajo >

Registro de Solicitud

En el caso de que el Estudio de Viabilidad sea positivo, le mandaremos la Petición de Documentación (PD) necesaria para el registro de la solicitud de ayuda, a la vez que haremos un seguimiento de la misma.

Concesión y Justificación

Concedida la subvención solicitada, se elaborará el expediente de justificación y solicitud de abono de la ayuda aprobada, y se liquidarán los honorarios finales (CE) pactados entre las partes.

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