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Las actuaciones incentivadas se dirigirán al desarrollo de un nuevo modelo de gestión de la energía por parte de las empresas del sector industrial en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para ello, previamente a la ejecución de la actuación incentivada, por parte de alguna de las empresas acreditadas como Proveedor Servicios Energéticos ante el IDAE conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, se emitirá un Certificado de Eficiencia o Auditoría Energética que se pronunciará sobre la viabilidad y eficacia de las medidas energéticas solicitadas para satisfacer las necesidades identificadas, así como los resultados esperados, y una vez finalizada la actuación subvencionada, se emitirá igualmente por una de las referidas empresas, un nuevo Certificado de Eficiencia o Auditoría Energética que se pronunciará sobre la eficacia y adecuación de las medidas ejecutadas para la mejora energética y para el logro de los objetivos y resultados esperados. En el caso de Proveedores de Servicios Energéticos Personas Jurídicas, dichos certificados serán suscritos con firma electrónica conjuntamente por la empresa acreditada, conforme al Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, y por el técnico cualificado de dicha empresa previsto en la citada norma. El Certificado de Eficiencia o Auditoría Energética no deberá de tener una antigüedad de más de tres meses desde la fecha de la solicitud del incentivo para entidades privadas y doce meses para entidades públicas.
Las personas jurídicas, personas físicas, y agrupaciones de las mismas con personalidad jurídica independientemente de su tamaño (Pymes y Gran Empresa), que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, y cuya actividad esté dada de alta en los siguientes CNAES.
Mejorar el ahorro y la eficiencia energética en la Cadena de Valor Industrial en Andalucía, mediante la implantación de tecnologías e instalaciones que usen energías renovables. Los tipos de ayudas contemplarán el uso eficiente de la energía, que tengan como objetivo reforzar las cadenas de valor de la industria mejorando su desempeño energético y huella ambiental, aprovechando los recursos naturales para la generación energética para consumo propio gracias a las energías renovables, así como la mejora de la eficiencia energética en los edificios, procesos e instalaciones industriales y servindustriales.
TIPO 1: Incremento de las energías renovables en procesos e instalaciones: La actuación deberá conllevar un incremento del uso de energías renovables en los procesos e instalaciones de las empresas, siendo incentivables aquellas actuaciones que incorporen instalaciones y equipos nuevos que conlleven el uso de energía solar térmica, biomasa, biolíquidos, biogas, biometano y otros gases renovables que provengan de la biomasa, así como las instalaciones renovables para autoconsumo eléctrico, con o sin almacenamiento energético y producción de energía térmica, apoyadas en diferentes tecnologias, como la solar fotovoltaica, eólica, hidrotermia o marina, geotermia, aerotermia, y cualquier otro tipo de tecnologías innovadoras próximas al mercado.
Las referidas actuaciones deberán suministrar energía necesariamente para su consumo en los procesos y, en su caso, para el consumo de energía de los edificios donde se desarrolle dichos procesos. FICHA AYUDAS GENERACION RENOVABLES (T1).pdf ↓
Ejemplos de proyectos (Tipo 1): Proyecto de instalación de placas solares fotovoltaicas en cubierta de nave industrial para autoconsumo eléctrico con o sin almacenamiento; Proyecto caldera biomasa para generación de energía térmica; Proyecto solar térmico para producción de agua caliente y calor en procesos industriales.
TIPO 2: Mejora de la eficiencia energética en los procesos, instalaciones y edificios: Mejorar el ahorro y la eficiencia energética en la Cadena de Valor Industrial en Andalucía, mediante la mejora de los procesos, uso de tecnologías más eficientes, recuperación de energía y gestión energética, tanto en sus edificios no residenciales como en sus procesos, equipos e instalaciones industriales. FICHA AYUDAS EFICIENCIA ENERGÉTICA (T2).pdf ↓
Ejemplos de proyectos (Tipo 2): Sustitución de caldera de vapor en una extractora por otra más eficiente (sin sustitución del tipo de combustible); Sustitución de dos compresores de aire, con regulación todo/nada, por dos compresores de tipo modulante; Sustitución de una inyectora de plástico por otra más eficiente; Sustitución de una línea completa de inyección de una industria plástica por otra más eficiente; Optimización energética integral de una línea de molienda de una industria cerámica; Optimización energética de uno de los procesos de una industria química, tras haber identificado su potencial y su viabilidad económica a partir de una auditoría energética, realizada de acuerdo a normas UNE; Optimización energética de un proceso de fabricación en el que se logra una reducción anual del consumo de energía superior al 20%, y en el que se incorpora un seguimiento energético de su funcionamiento.
TIPO 3: Redes inteligentes y nuevos modelos de mercado energético: La actuación deberá contribuir al fomento de las redes inteligentes o los nuevos modelos de negocio del mercado energético en los espacios productivos. FICHA AYUDAS REDES INTELIGENTES Y MODELOS DE NEGOCIO (T3).pdf ↓
TIPO 4: Soluciones de almacenamiento e infraestructuras de recarga eléctrica de vehículos: La actuación deberá consistir en soluciones de almacenamiento de energía y la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos con electricidad ubicados en espacios productivos. FICHA AYUDAS ALMACENAMIENTO Y PUNTOS DE RECARGA (T4).pdf ↓
Herramienta de prediagnóstico del aislamiento en Instalaciones Industriales y su Manual de usuario a través de las páginas Web de AFELMA y ANDIMAI.
Manual de la eficiencia energética industrial. ↓
Acceda a la Guía de Buenas Prácticas en Aislamiento Industria.↓
Acceda la Guía técnica: La eficiencia energética en la práctica industrial andaluza. ↓
Se contemplan dos categorías de gasto: los conceptos de inversión y los conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas. Se exigirán tres ofertas / presupuestos de diferentes
1. Conceptos de inversión:
Sólo serán elegibles los equipos nuevos, no admitiéndose la reutilización de equipos ya usados.
a) Obra civil y sus instalaciones directamente vinculadas a la actuación incentivable.
b) Equipos y elementos auxiliares, incluidas las instalaciones necesarias para su funcionamiento.
c) Activos materiales e inmateriales necesarios para la adquisición o medición, tratamiento, seguimiento, control o gestión energética, incluidos los elementos que permiten disponer de un conocimiento del desempeño energético o difundir los resultados energéticos y medioambientales ligados a las actuaciones realizadas.
d) Los costes adicionales para la adaptación de vehículos a las necesidades de la actuación, en caso de la adquisición de vehículos para proyectos de logística de biomasa.
e) Las inversiones para la presentación de la información necesaria para el monitoreo y seguimiento energético, así como aquellos que permiten actuar sobre los elementos que articulan el mejor aprovechamiento energético, incluidos aquellos necesarios para la prestación de servicios energéticos.
2. Conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:
a) Montaje, desmontaje o demolición de elementos existentes.
b) Planificación, estudios de viabilidad, ingeniería, proyecto, dirección facultativa y diseño del Plan de Gestión de la Energía de instalaciones, no afectas a los edificios, con un porcentaje máximo del 15 % de los gastos de inversión de la actuación objeto del incentivo.
c) Los costes de servicio de consultoría externa, destinados a alguna de las siguientes finalidades:
i. Realización de los certificados o auditorías energéticas previa y posterior a la ejecución de las actuaciones objeto de incentivo, de acuerdo a los formularios que se establezcan en la convocatoria de incentivos, con un porcentaje máximo para el certificado y auditoría energética previa del 2% y del 5 % para la posterior a la ejecución de los gastos de inversión de la actuación objeto del incentivo.
ii. Implantación y puesta en marcha de los procesos o soluciones para la gestión energética.
iii. Los necesarios para la acreditación por parte de terceros de la implantación de Sistemas de Gestión Energética en la entidad beneficiaria.
iv. Aquellos que permitan a las personas o entidades beneficiarias realizar el seguimiento de la puesta en marcha de contratos de servicios energéticos, en el caso de incentivos acogidos a la categoría C de conceptos incentivables.
v. La realización de auditorías energéticas según normas UNE-EN.
vi. Costes indirectos, con el 7% de los costes directos incentivables, para aquellos beneficiarios que no tengan la consideración de microempresa, pequeña, mediana o gran empresa.
3. No se consideran costes elegibles, los siguientes conceptos de gasto:
a) La adquisición o arrendamiento de terrenos o bienes inmuebles.
b) Los bienes de equipo de segunda mano.
c) Los gastos financieros producidos como consecuencia de la inversión o gasto efectuado.
d) Toda clase de impuestos, tasas y aranceles. Y en el caso del impuesto sobre el valor añadido, cuando este sea recuperable conforme a la normativa de aplicación sobre el IVA, tanto en el caso de operaciones cuyo coste total sea de al menos 5 millones de euros, IVA incluido, como en el caso de operaciones que financien ayudas a empresas, cualquiera que sea su coste.
e) Las inversiones de reposición o de mera sustitución.
f) El informe de evaluación de edificios previsto en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
g) Los gastos derivados de un incremento del alcance de la actuación elegible aceptada en la resolución de concesión.
h) Los gastos asociados a sistemas de distribución e intercambio final en las instalaciones de energías renovables y de eficiencia energética.
i) Los equipos consumidores de combustibles fósiles.
j) Cualquier otro gasto no considerado elegible por la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre.
El porcentaje de subvención estará entre el 40% y el 65%, dependiendo del tipo de beneficiario y modalidad de la actuación.
Estrategia Energética de Andalucía Programación 2023 - 2026 ↓
Con la Ficha Informativa (FI) de su empresa y las características de sus inversiones, elaboramos un Estudio de Viabilidad (EV) sobre la posibilidad de solicitar subvenciones para su proyecto. Metodología de trabajo >
En el caso de que el Estudio de Viabilidad sea positivo, le mandaremos la Petición de Documentación (PD) necesaria para el registro de la solicitud de ayuda, a la vez que haremos un seguimiento de la misma.
Concedida la subvención solicitada, se elaborará el expediente de justificación y solicitud de abono de la ayuda aprobada, y se liquidarán los honorarios finales (CE) pactados entre las partes.
"Me los referenció la directora de mi banco, y la verdad es que en Piensos Moreno estamos muy contentos con la gestión realizada para subvencionar una instalación solar fotovoltaica con las nuevas ayudas de la Agencia Andaluza de la Energía, en el Polígono Industrial de Santa Fe".
"En Almacenes Rodríguez, hemos logrado acceder a las ayudas de la Agencia Andaluza de la Energía gracias al apoyo y la experiencia de Consultoría Pymes, quienes han gestionado todo el proceso de manera eficiente y profesional, y con las que hemos podido financiar a fondo perdido el 45% del coste de nuestra instalación de FV".
"Nos han tramitado una ayuda del IDAE para nuestra segunda instalación de placas solares, todo online y con una trato cercano y agradable. Sin ellos hubiera sido imposible el haber podido hacer solos y sin su ayuda este tipo trámites. Se lo recomiendo a todas aquellas pequeñas empresas que se encuentran perdidos en este mundillo de las subvenciones"