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ICO Crecimiento está dirigido a pymes que por su perfil específico y de carácter innovador, fuerte inversión en intangibles o nivel de endeudamiento afrontan mayores barreras para acceder a financiación. Con esta iniciativa, el ICO busca complementar al sector privado, cubriendo nichos de financiación desatendidos, y con plazos amplios de amortización.
Pequeñas y medianas empresas con sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad en España que quieran financiar la competitividad y/o la internacionalización de la empresa.
Deberán tener una antigüedad mínima de 4 años y las cuentas de los dos últimos años auditadas. En caso de no tenerla obligación de someter sus cuentas a auditoría externa, deberán someter voluntariamente a revisión los estados financieros de los dos ejercicios cerrados con anterioridad a la solicitud de financiación.
La adquisición de activos fijos, tangibles, intangibles o financieros y/o el sostenimiento del capital circulante.
Serán financiables los gastos que se hayan realizado o, en su caso, iniciado su realización 12 meses antes de la solicitud de financiación.
Se financian hasta el 80% del valor de la inversión objeto de la financiación, hasta el 100% de las necesidades de liquidez para capital circulante.
Activos fijos:
Sostenimiento del capital circulante:
Además, serán financiables los gastos de consultoría necesarios para optar a la financiación.
Sectores innovadores, modelos de negocio basados en intangibles, o con ratios de endeudamiento elevados pero sostenibles, que, siendo viables, encuentran dificultades para acceder a la financiación bancaria tradicional.
Aquellos que contribuyan a objetivos estratégicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siendo los sectores prioritarios los que se detallan a continuación:
No serán elegibles los siguientes sectores de actividad:
Cuantías mínimas de 50.000,00 € para financiar hasta el 80% del valor de la inversión objeto de la financiación y hasta el 100% de las necesidades de liquidez para el capital circulante, con un tipo de interés entre el 0,75 y el 1,75 + Euribor (año), y con plazos de amortización para operaciones de inversión de hasta 10 años incluyento hassta 2 años de carencia, y para operaciones de circulante.
Con la Ficha Informativa (FI) de su empresa y las características de sus inversiones, elaboramos un Estudio de Viabilidad (EV) sobre la posibilidad de solicitar subvenciones para su proyecto. Metodología de trabajo >
En el caso de que el Estudio de Viabilidad sea positivo, le mandaremos la Petición de Documentación (PD) necesaria para el registro de la solicitud de ayuda, a la vez que haremos un seguimiento de la misma.
Concedida la subvención solicitada, se elaborará el expediente de justificación y solicitud de abono de la ayuda aprobada, y se liquidarán los honorarios finales (CE) pactados entre las partes.
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